La meta del servicio universal es la de proveer servicios de telecomunicaciones de calidad comparable a todos los segmentos de la ciudadanía y áreas geográficas de Puerto Rico. Los servicios de telecomunicaciones estarán disponibles en todo Puerto Rico a precios justos y razonables, lo cual significa que las tarifas por servicio en áreas rurales serán razonablemente comparables con los precios en las áreas urbanas. Los servicios avanzados de telecomunicaciones estarán disponibles en todos los municipios y comunidades, así como en toda instalación de servicios de salud, bibliotecas y salones de clase de las escuelas públicas de Puerto Rico.

FONDO DE SERVICIO UNIVERSAL DE PUERTO RICO

Se refiere al fondo que utiliza el Negociado de Telecomunicaciones (NET), adscrito a la Junta Reglamentadora de Servicio Público, para proveer subsidios a personas de escasos recursos económicos que cualifiquen.  Estos subsidios se aplican al pago de renta mensual de un servicio de telefonía.  Este servicio puede ser alámbrico (residencial) o móvil (celular).

¿QUÉ CUBRE EL SUBSIDIO?

El subsidio aplicará a cualquier plan de servicio que incluya servicios de voz, incluyendo:

  • Planes combinados de servicios de voz y data.
  • Planes que incluyan funciones opcionales tales como: identificación de llamadas, llamada en espera, correo de voz y llamadas en conferencia.
  • Planes de familia compartidos, por unidad económica familiar o por persona, según establecido por la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) en su Orden de 6 de febrero de 2012, emitida en el procedimiento número WC-11-42; 03-109; 96-45 y 12-23.

El subsidio aplica al programa Lifeline, con un subsidio total de $9.25 que proviene del Fondo del Servicio Universal Federal.

¿QUIÉNES CUALIFICAN?

Elegibilidad por Ingresos – Un solicitante puede cualificar si la unidad económica familiar no excede ingresos en el 135% de las Guías Federales de Pobreza, según sean modificadas anualmente.  Las personas interesadas pueden acceder estas guías en la siguiente dirección:

www.usac.org/lifeline/consumer-eligibility/

  • Elegibilidad Por Un Programa de Ayuda Federal – también puede ser elegible para el programa Lifeline, cualquier persona que haya cualificado en alguno de los siguientes programas de ayuda del Gobierno:
  • Programa de Asistencia Nutricional (PAN)    
    • Programa de Asistencia Federal para Vivienda (Sección 8)
    • Programa de Asistencia Médica (Medicaid)
    • Beneficio de Pensión del Veterano o el Beneficio de la Pensión de su Sobreviviente
    • Cualquier otro programa que el NET o la FCC determine

¿CÓMO SOLICITAR?

Las personas interesadas en solicitar el programa Lifeline pueden hacerlo a través de las Compañías de Telecomunicaciones Elegibles (CTEs).  Son estas compañías las que cualifican al cliente para obtener el subsidio Lifeline.  Las compañías certificadas por el NET son las siguientes:

  • American Broadband & Telecommunications
  • AT&T Mobility Puerto Rico, Inc.
  • Boomerang Wireless
  • Global Connection Inc. of America d/b/a Stand Up Wireless
  • Liberty Cablevision of Puerto Rico LLC
  • PR Wireless, Inc. h/n/c Open Mobile
  • Puerto Rico Telephone Company, Inc. d/b/a Claro
  • Puerto Rico Telephone Company, Inc.
  • Q-Link Wireless, LLC
  • T-Mobile Puerto Rico LLC
  • Telrite Corporation, D/B/A Life Wireless
  • TracFone Wireless, Inc.
  • WorldNet Telecommunications, Inc.

De igual forma, las personas interesadas en obtener el subsidio pueden solicitar ser cualificados directamente con la Universal Service Administrative Company (USAC) a través del número de teléfono 1-888-641-8722 ó en la siguiente dirección:

https://www.usac.org/lifeline/consumer-eligibility/

Para más información, puede comunicarse con el NET llamando al 787-722-8613 o por correo electrónico a correspondencia@jrtpr.pr.gov