FACTURA DE SERVICIO ELÉCTRICO DE LA AUTORIDAD DE ENERGÍA:
Se refiere al documento enviado periódicamente por la Autoridad a los clientes o consumidores, donde se detallan todos los cargos o tarifas que forman parte del costo final por consumo de electricidad que deberá pagar cada cliente o consumidor. La factura puede ser enviada por correo postal, correo electrónico o accedida por el cliente a través de algún portal electrónico.
Toda factura que la Autoridad o una compañía de energía certificada envíe a sus clientes, debe advertir que el cliente tiene un término de treinta (30) días para objetar la factura, pagar la cantidad correspondiente al promedio de las facturas no disputadas de los últimos seis (6) meses y solicitar una investigación por parte de la compañía de servicio eléctrico, todo sin que su servicio quede afectado.
TARIFA ELÉCTRICA:
- Es toda compensación, cargo, arancel, honorario, peaje, renta o clasificación recolectada por cualquier compañía de energía por cualquier servicio eléctrico ofrecido al público.
- El Negociado de Energía es el ente encargado de aprobar, revisar y, según fuere aplicable, modificar las tarifas o cargos que cobren las compañías de servicio eléctrico por cualquier asunto directa o indirectamente relacionado con la prestación del servicio eléctrico.
CARGOS POR SERVICIO:
- Los cargos por servicio incluyen un cargo por cliente y un cargo por consumo. El cargo por cliente cubre los costos fijos necesarios para conectar y mantener mensualmente la cuenta del cliente. Actualmente dicho cargo es de cuatro dólares ($4.00).
- El cargo por consumo se refiere a todo aquel cargo atado al consumo directo del cliente y que surge directamente de la medición o estimado del consumo del servicio público esencial.